El pasado 6 de julio de 2010 el BOE publicó la modificación de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Es muy importante que desde las empresas, al menos en el sector al que pertenecemos, tomemos conciencia de que presupuesto entregado y aceptado, éste debe ir debidamente firmado por nuestro cliente. Deben existir cláusulas suficientemente explícitas sobre las fechas de pago y, que estos sean progresivos a la entrega del trabajo, pues la ley no servirá de nada ante los RASTREROS morosos que se encubren en el largo periodo que nos impone la Justicia a la hora de denunciar a estos impresentables morosos. Quien más y quien menos ha tenido un cliente rastrero y sin dignidad que se ha aprovechado del trabajo ajeno, negandose a pagar por ser un perro viejo en la materia, vestido de hombre de negocios, y alegando que el trabajo ya no le sirve o, incluso, inventándose la excusa más inverosímil que uno pueda imaginar. Lástima que uno no pueda publicitar a estos impresentables pero, al menos, si podemos dar a conocer nuestro aval, nuestros clientes y nuestros trabajos realizados.
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